Una
pareja de hecho es la unión de dos personas, con independencia
de su opción sexual, a fin de convivir de forma estable,
en una relación de afectividad análoga a la
conyugal.
Requisitos para la inscripción
de la unión de hecho:
Pueden inscribirse voluntariamente las
uniones no matrimoniales de convivencia estable entre parejas,
incluso del mismo sexo. La competencia de esta inscripción
es de ámbito municipal.
Los requisitos son los siguientes:
- Ser mayor de edad o menor emancipado.
- No estar incapacitado judicialmente.
- No tener relación de parentesco
por consanguinidad o adopción en línea recta
con el otro miembro de la unión.
- No tener relación de parentesco
colateral por consanguinidad o adopción dentro del
tercer grado.
- No pueden constituir unión de
hecho las personas que forman una unión estable y
registrada con otra persona.
- Los miembros de la unión de
hecho deberán ser solteros, viudos, divorciados,
haber obtenido la nulidad matrimonial o estar separados
judicialmente.
- Al menos uno de los miembros de la
unión deberá estar empadronado y ser residente
en la Comunidad donde se realice la inscripción.
Documentos que debe presentarse para
la inscripción:
La solicitud de inscripción deberá
estar acompañada de original o fotocopia compulsada
de los documentos siguientes:
- D.N.I. o tarjeta de residencia de los
solicitantes y testigos.
- Certificado del estado civil de los
miembros que vayan a constituir la unión.
- Certificado del padrón municipal.
- Si la unión ya estuviese registrada
en otra Comunidad Autónoma, certificación
del Registro correspondiente de la cancelación de
dicha inscripción.
- Declaración de no tener relación
de parentesco.
- Declaración de no estar incapacitados
para emitir el consentimiento.
- Declaración de no formar unión
estable con otra persona.
- Es posible inscribir complementariamente
los pactos reguladores de las relaciones económicas
entre los miembros de la unión de hecho que regulen
sus relaciones personales y económicas. En ellos
se pueden incluir acuerdos indemnizatorios para el caso
de cese de la convivencia. La inscripción de estos
pactos deberá estar acompañada de la escritura
pública original en la que se hayan realizado.
|